ElijoCasa, alquiler vacacional en el Campo de Gibraltar

Una vez llegado el tiempo estival, es el momento de elegir donde pasar el tiempo vacacional… En el Campo de Gibraltar destaca por sus playas y sobretodo por los deportes marítimos Tarifa, donde la cometas hacen un paisaje identificable a simple vista, con playas de arena blanca y fina como Los Lances, Los Alemanes o Bolonia y que son la delicia de Campo Gibraltareños y foráneos… Se puede optar por alquileres turísticos de apartamentos en primera línea de playa como por los pisos y casas en el Pueblo, llegando incluso hasta Facinas. Es quizás, en estos momentos la ciudad más desarrollada en este sentido, donde la escasez de alquiler hace que los precios sean los más elevados.
En Algeciras, destaca por un turismo nacional que con en gran parte se trata de hijos del pueblo y que residen en otras localidades, así como de residentes de la ciudad que alquilan una segunda vivienda cerca de la playa tanto de Getares, como del Rinconcillo.
Los residentes de La Línea de la Concepción optan por las playas de san Roque principalmente La Alcaidesa y Sotogrande.
En Los Barrios, ElijoCasa detecta también un alquiler turístico, optando por urbanizaciones con piscina como es Los Tinajones, o por chalets que dispongan de piscina privada o comunitaria, buscando como no disfrutar de la ruta gastronómica por excelencia del Campo de Gibraltar, en el Barrio de Palmones, con magníficos ejemplos como Casa Mané, Los tres Arcos, el Willy o El Guadarnés situado en la Estación Férrea de San Roque.
El interior del Campo de Gibraltar, en pueblos como Castellar ó Jimena de la Frontera el alquiler turístico opta por casas rehabilitadas, dotadas de comodidades, buscándose ante todo el cobijo del calor del verano y la tranquilidad…
En cuanto al tratamiento fiscal, ElijoCasa da unas pequeñas pinceladas aclaratorias:
El propietario de un inmueble que lo oferta como turismo vacacional lo primero que tiene que tener en cuenta es saber si el alquiler esta sujeta a la Ley de arrendamientos Urbanos (LAU), donde no es necesario imputar IVA o si por el contrario tiene la consideración de turístico, donde si tiene que imputar IVA a los inquilinos y por tanto se debe emitir factura numerada, aplicar el IVA repercutido, realizar la declaración trimestral de IVA y resumen anual del mismo. Esto siempre hablando de nuestra comunidad Andaluza, ya que otras comunidades como la Catalana habría que aplicar además la “tasa turística”.
Otro hecho importante es que el empresario de de alojamientos vacacionales debe de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y a los efectos de declaración tributaria los ingresos serán considerados rendimientos de actividades económicas, teniendo que realizar declaración trimestral de IRPF.
Además a la hora de la realización de la declaración de la renta por el alquiler de vivienda deberá quedar fijado en la misma como rendimientos del capital inmobiliario, pudiéndose deducir los gastos ocasionados para la obtención de los ingresos por el alquiler.
En ElijoCasa, podemos asesorarle tanto a la hora de búsqueda de clientes, como en la realización de contratos afines a estos tipos de alquileres, así como en el tratamiento fiscal de los ingresos percibidos por el arrendamiento de dichos inmuebles.
ElijoCasa, desea a todos sus clientes y amigos unas felices vacaciones estivales, que este mes de Agosto, lleno de fiestas populares por doquier, sean las vacaciones de su vida.